Volcó un acoplado, quedó con las ruedas hacia arriba y la carga desparramada en la banquina
He siniestro vial ocurrió en la mañana de este viernes, poco antes de las 8, en Real del Padre. Leer más →
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El Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y resolvió limitar su participación en la industria. Desde este jueves, el Estado dejará de intervenir en los precios, la oferta y la demanda del gas licuado de petróleo (GLP) y se limitará a tareas de fiscalización sobre aspectos vinculados a la seguridad.
La decisión se formalizó a través del Decreto 446/2025, publicado en el Boletín Oficial, donde se estableció que el mercado del gas envasado deberá regirse, de ahora en adelante, por “el funcionamiento libre y competitivo” como mecanismo para asignar recursos y promover el desarrollo del sector.
DESREGULAMOS EL MERCADO DEL GLP. El Decreto Delegado 446/2025 con firma de @JMilei, @GAFrancosOk y @LuisCaputoAR moderniza la Ley 26.020 de Gas Licuado de Petróleo (sí, las garrafas). Una mala ley kirchnerista de 2005 que había metido todos los costos del Estado en un mercado que… pic.twitter.com/AKA62r9GNK
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) July 3, 2025
Según la normativa, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación y solo tendrá competencias para realizar inspecciones, revisiones y pruebas sobre las instalaciones, con el fin de resguardar la salud pública. No podrá intervenir en temas comerciales.
Uno de los cambios centrales que introduce el decreto es la eliminación de requisitos adicionales para la apertura o ampliación de plantas fraccionadoras. Ahora solo será necesario cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Además, el silencio administrativo será considerado positivo si la autoridad no responde dentro de los diez días hábiles.
El decreto también flexibiliza la actividad de los fraccionadores, quienes podrán envasar GLP de cualquier productor, comercializador o importador, incluso de distintas marcas, siempre que cumplan con la normativa aplicable. La norma aclara que el uso de envases de otras marcas podrá acordarse libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales.
Otro punto destacado es que los fraccionadores, distribuidores y demás actores de la cadena deberán recibir envases usados de cualquier marca o leyenda y estarán obligados a etiquetar cada envase con la identificación de la planta envasadora donde se realizó el llenado.
Además, el decreto establece que las firmas fraccionadoras deberán integrar un parque de envases de uso común, cuya cantidad podrá definirse por acuerdo voluntario entre las empresas del sector.
En cuanto al comercio exterior, el Gobierno autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo sin necesidad de aprobación previa, mientras que las exportaciones serán permitidas siempre que esté garantizado el abastecimiento del mercado interno.
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