Seguridad vial: advierten sobre controles de alcoholemia para la temporada de vacaciones con multas que pueden superar el millón de pesos

Para este fin de año y el inicio de la temporada de vacaciones de verano 2024, desde le Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial recuerdan a los automovilistas y motociclistas puntos clave para evitar accidentes y multas. Entre otros puntos, recuerdan la figura del conductor designado.

Orlando Corvalán, jefe de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial (UESV), explicó que se reforzará la tarea de prevención de siniestros y destaca la prohibición de conducir vehículos bajo efectos de alcohol y las graves consecuencias que produce al volante.

“Es importante que se utilice la figura del conductor designado para evitar siniestros viales por causa de conducir en estado de ebriedad. De esta forma no solo nos cuidamos a nosotros mismos sino que cuidamos a los demás”, deslizó Corvalán.

Además, recordó los resultados de recientes estudios que demuestran las consecuencias que produce el alcohol en los conductores: dentro del contexto de los errores de conducción, el alcohol casi siempre está asociado a la velocidad, el sueño y las distracciones.

El alcohol produce importantes efectos sobre la visión al disminuir la capacidad para seguir objetos con la vista, genera efectos adversos sobre la coordinación y la atención y provoca un falso estado de euforia, seguridad y confianza en sí mismo, que se traduce en una toma mayor de riesgos.

Los efectos de las drogas en la conducción también pueden ser letales, ya que son sustancias que alteran el comportamiento del conductor produciendo, por ejemplo, un estado de dependencia física o psíquica, alucinaciones, alteraciones del sueño, percepción errónea de la realidad y muchos otros efectos que dificultan enormemente la conducción.

Lo que establece la ley sobre el consumo de alcohol

De acuerdo con la Ley 9024, está prohibido conducir automóviles bajo efectos de alcohol, con alcoholemia superior a 500 miligramos por litro en sangre y, para quienes conduzcan bicicletas con o sin motor, motocicletas o ciclomotores, queda prohibido hacerlo con alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre.

Sobre los conductores de vehículos automotores destinados al transporte de pasajeros y de carga, se dispone que deben conducir con tasa de alcoholemia cero gramos por litro en sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin.

Asimismo, se prohíbe conducir bajo efectos de psicotrópicos, estupefacientes, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro.

Se establece que todos los conductores de vehículos automotores se encuentran obligados a someterse a las pruebas que la reglamentación de la ley establezca para la detección de posibles intoxicaciones, y es falta leve la negativa a realizarlo y a su vez la presunción en contrario.

A partir de este 1 de enero, las multas viales se actualizarán respecto de los valores que tuvieron en 2023 un 136% y regirán por todo el 2024 salvo que el Ejecutivo propusiera, y la Legislatura aprobara, otros valores.

Las multas leves costarán $12.740 (100 UF); las multas graves $88.900 (700 UF); las gravísimas $127.000 (1000 UF); y el concurso, que ocurre cuando el conductor comete dos o más faltas será de $190.050 (1500 UF).

Todos estos montos tendrán un descuento de 40% si se abonan dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha de realizada el acta vial (salvo las de alcoholemia, que no tienen descuento).

Alcoholemia positiva: más de $1.000.000, retención del vehículo y la licencia de conducir e inhabilitación

Las penas para quienes manejen en estado de ebriedad serán de $1.143.000 y no tienen descuento al efectuar el pago.

En el caso de los choferes profesionales, no pueden tener más que 0,0 gramos de alcohol en sangre; los ciclistas (con o sin motor) o motociclistas no pueden pasar el límite del 0,2 gramos de alcohol en sangre; y los automovilistas no pueden sobrepasar el límite del 0,5 gramos de alcohol en sangre. Caso contrario, habrá multas diferentes, según cada caso.

En el caso de automóviles, entre 0,5 a 0,99 gramos de alcohol en sangre, las penas son: inhabilitación para conducir por entre 30 y 180 días, multas entre $381.000 (3.000 UF) y $762.000 (6.000 UF) y retención de licencia de conducir.

Con más de 1 gramo de alcohol en sangre, la falta establece multa de entre $508.000 (4.000 UF) a $1.143.000 (9.000 UF), inhabilitación para conducir vehículos desde 90 a 365 días, retención del rodado y arresto de hasta 30 días.

Cuánto se debe pagar para hacer la RTO

Yendo directamente a los montos, las motos de hasta 300 cc pagarán $8.759 (monto con IVA incluido) a partir de este lunes.

En tanto, las motos mayores a las 300cc (cuyo trámite cuesta 105 UF),el monto será de $16.135 final.

En el caso de los autos será de $23.050; mientras que en las camionetas, el costo de la RTO pasa de los $11.042 a $25.970 (169 UF).

Por último, los camiones, ahora costará $32.270 (169 UF).

Multas viales

Faltas leves

  • Estacionar en zonas prohibidas.
  • Estacionar en doble fila.
  • Usar la bocina, salvo en caso de peligro.
  • Circular en bicicleta sin el casco.
  • Remolcar vehículos sin elementos rígidos de acople.
  • Estacionar sobre la vereda.

Faltas graves

  • Circular con luces bajas apagadas.
  • Realizar giro en “U”.
  • Obstruir el paso de vehículos o peatones en una bocacalle.
  • Realizar giro a la izquierda en zona prohibida.
  • Circular sin el sistema de silenciador en condiciones.
  • Circular transgrediendo las condiciones técnicas del vehículo: frenos, dirección, etcétera.
  • Circular con fallas en el sistema lumínico: Luz alta, baja, de posición, de giro.

Faltas gravísimas

  • Circular sin licencia de conducir.
  • Circular en motocicleta sin casco homologado.
  • Circular sin seguro obligatorio.
  • Circular sin cinturón de seguridad colocado en asientos delanteros y traseros.
  • Viajar con menores de 12 años en el asiento delantero.
  • Viajar con menores de 4 años sin la sillita apropiada.
  • Conducir en estado de intoxicación alcohólica.
  • Conducir utilizando sistema de telefonía móvil, auriculares y/o monitores de video.
  • Circular en contramano.
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