Los afiliados a prepagas podrán usar el excedente de sus aportes para pagar cuotas más bajas
Mientras avanza el proceso de desregulación, el Gobierno derogará un artículo para que los afiliados de medicina prepaga dispongan de los excedentes de sus aportes y los puedan usar para pagar cuotas más bajas.
Lo anunció este martes el portavoz presidencial, Manuel Adorni, en conferencia de prensa, donde detalló que el Ministerio de Salud en conjunto con la Superintendencia de Servicios de Salud dará de baja un artículo “oculto” que estaba en el anexo de la resolución 2400/2023, dictada durante la administración de Alberto Fernández.
Ese artículo -que modificó el decreto 576 del año 1993- establecía que el excedente de aportes y contribuciones pertenecen a las empresas y no a los afiliados.
En ese sentido, fuentes de Salud ejemplificaron el esquema actual: “Esto significa que si una persona aportaba $100 y su plan valía $80, esa diferencia quedaba a favor de la prepaga”.
“Este artículo fue un favor que le hizo Sergio Massa a las prepagas a cambio de congelar la cuota en septiembre, octubre y noviembre de 2023, en plena campaña electoral”, argumentó Adorni.
De acuerdo a la estimación, cerca de 1,8 millones de personas fueron perjudicadas y se les retuvieron los aportes durante casi dos años.
Además, se definió en la nueva resolución que las empresas deberán discriminar cuánto recibe cada persona de subsidios automáticos, con el objetivo de que “las empresas no tengan dudas de que ese dinero es de cada afiliado”.
La resolución que será derogada por Salud
La Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la Resolución 2400/2023 firmada en los últimos días del gobierno de Alberto Fernández, fijó las cláusulas mínimas que deben incluir los contratos de las prepagas.
Allí se detalla qué pasa con los aportes y contribuciones de la seguridad social que se destinan al pago de la cuota mensual. El punto clave está en la cláusula 12, que define el alcance de esos fondos y las limitaciones en su uso.
La resolución establece que, si la cuota se cubre total o parcialmente con los aportes de la Ley 23.660 o los del monotributo, ese monto debe figurar en la factura. Sin embargo, aclara que en ningún caso las prepagas pueden devolver o acreditar esos aportes al afiliado. En la práctica, cuando el valor de los aportes supera el de la cuota, el excedente queda para la empresa y no puede usarse como saldo a favor del usuario.
TN