El fiscal de Casación confirmó la prisión domiciliaria a Cristina Kirchner, pero en otra casa
Con la exposición del fiscal general Mario Villar, comenzó la audiencia ante los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal donde se analiza el arresto domiciliario concedido a Cristina Kirchner. El representantes del Ministerio Público, avaló la morigeración de la pena pero que se cumpla en otro inmueble y se refirió a que “la principal líder de la oposición” delinquió, debe soportar las consecuencias como cualquier “hijo de vecino”.
Al momento de sostener el reclamo de Diego Luciani, el fiscal general, Mario Villar, lo avaló parcialmente. Ante la Sala IV de la Casación Federal, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, no pidió que Cristina Kirchner cumpla la condena del caso Vialidad en una cárcel común.
Además de lo planteado por el fiscal general, hay dos reclamos que sostiene el abogado defensor, Carlos Beraldi: retirarle la tobillera electrónica a la ex presidenta y eliminar las restricciones respecto a las visitas que pueda recibir en San José 1111, donde cumple la condena por hechos de corrupción. A diferencia de lo que había pedido su colega Diego Luciani, Villar sostuvo que la ex presidenta puede permanecer con la morigeración de la pena, pero requirió cambio de domicilio.
Al avanzar en los puntos discutidos, el fiscal Villar inició con la discusión sobre el arresto domiciliario. Dijo que la medida en que la “permanencia de la condenada en el domicilio indicado ha significado una alteración de la paz pública y los derechos de los vecinos y supone, a su vez, una exposición a riesgos para su persona es lógico disponer el cumplimiento de la condena en un domicilio distinto que limite o elimine tales perjuicios”.
Uno de los puntos estudiados por el fiscal general, se refirió al movimiento y/o actividades fuera del departamento de San José 1111. “En este sentido, cabe aclarar que las manifestaciones o demostraciones públicas no pueden censurarse o prohibirse per se, ya que se encuentran amparadas por la libertad de expresión de la condenada y de sus seguidores (siempre que no se lleguen a cometer faltas o delitos, los que en cualquier caso no pueden imputársele a la condenada salvo que ella los haya instigado o favorecido de alguna forma jurídico-penalmente adscribible)”.
A su vez, habló sobre “el riesgo para su persona, el cual la defensa esgrimió para que no fuera alojada en una prisión federal, es claramente actual y presente en su residencia actual, en especial en sus salidas al balcón, debe recordarse que el atentado que sufrió fue en una situación de tumulto de sus seguidores”.
Que continúe bajo arresto domiciliario
Con relación al pedido del fiscal Luciani de que la ex Presidenta sea trasladada a una cárcel común por cuestiones de seguridad, Villar indicó: “Asistía razón a los Fiscales de instancia sobre el punto y que debió ser dispuesto el ingreso de la condenada a un establecimiento penitenciario pues no había elementos para excepcionar la solución establecida como regla en el ordenamiento jurídico”.
Sin embargo, expresó a continuación, “en el momento actual, la condenada ya se encuentra gozando del beneficio de la prisión domiciliaria sin que hasta el momento se haya verificado incumplimiento alguno de las reglas de conducta impuestas (por lo menos el Tribunal no ha dado cuenta de ello)”.
En función de esto, Villar entiende que “por no haberse quebrantado las condiciones del beneficio, no parece pertinente retrotraer la situación de la ejecución de la pena a una más gravosa que la actual”.
De modo que en este estadio de la ejecución de la condena, resaltó el fiscal, “solo la propia conducta, activa u omisiva, de la agente, o de otras personas coordinadamente con ella, podría llevar a tal retroceso”.
Al momento de profundizar este punto, el fiscal Villar explicó que en lo que a una “pretensión de mayor seguridad para la condenada respecta, es cierto que el domicilio actual no aporta mayores garantías (sobre todo si la condenada realiza numerosas salidas a su balcón que aun con derecho a hacerlo, incrementa el riesgo)”, tal como había planteado Luciani en su apelación.
Pese ello, entendió el fiscal ante la Casación que la sustitución de su domicilio particular por un establecimiento carcelario “supondría un retroceso en la modalidad de ejecución, por lo que creo desaconsejable imponer en este momento un cambio que redunde en desmedro del desarrollo personal de la condenada y su proyecto de vida”.
Bajo estos criterios, el representante del Ministerio Público Fiscal “no presenta oposición a que la pena se siga ejecutando en la modalidad de prisión domiciliaria siempre que la condenada se mantenga a derecho y, en especial, atendiendo a las reglas de conducta impuestas”.
Otro domicilio: no San José 1111
Como consecuencia de todos estos argumentos, Villar remarcó que el domicilio de cumplimiento de la condena por parte de Cristina Kirchner “no se sigue que los vecinos de la condenada y todas las personas que transitan el lugar deban acostumbrarse a vivir entre disturbios y situaciones anómalas”.
De modo que, sostiene el escrito, “la solución correcta sería el traslado del domicilio de cumplimiento, en los términos antes expresados y conforme lo fundamentado en el recurso de casación, al que me remito”.
Ante tales circunstancias, Villar entiende que es necesario un cambio de domicilio para que Cristina continúe gozando del beneficio del arresto domiciliario. Si los jueces coincidieran con él, será el abogado Carlos Beraldi quien deberá proponer nuevos inmuebles al juez Jorge Gorini que ejecuta la pena.
Las visitas en la prisión domiciliaria
Otro punto de discusión se concentra en las visitas que puede recibir la ex mandataria. El TOF 2 impuso reglas de comportamiento que ella debe cumplir y que serán evaluadas trimestralmente, entre ellas restricciones sobre las personas que puedan ingresar al departamento.
En ese sentido el Tribunal exigió un listado en el cual Cristina debía consignar abogados, familiares, médicos y custodios. Cuando el abogado entregó ese detalle en Comodoro Py, incorporó apoderados y contadores.
Toda persona por fuera de ese listado debe requerir la autorización del juez Gorini para ver a Cristina. El ejemplo más reciente fue la visita del presidente de Brasil, Luiz Lula Da Silva, que pudo reunirse con la ex Jefa de Estado después de que la defensa solicitó el permiso correspondiente al Tribunal.
Cristina Kirchner había escrito en sus redes sociales que era una persona con “vida social” y que eso no podía quedar cercenado a la autorización del Tribunal. En Comodoro Py prima otro concepto: que no se desnaturalice la prisión domiciliaria, que se ordenó en cumplimiento de una condena por corrupción.
Clarín