Las condiciones que deberá respetar Cristina Kirchner para no cumplir la condena en una cárcel
La resolución que lleva la firma de los tres jueces del Tribunal Oral 2, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, dispuso, además, las siguientes medidas:
– Imponer a la nombrada las siguientes reglas de conducta, las cuales tendrá que observar y cumplir mientras se mantenga la modalidad domiciliaria del cumplimiento de la pena de prisión:
a) Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción. (No podrá salir al balcón).
b) Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes.
c) En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado.
También, el tribunal dispuso encomendar a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal que lleve adelante la supervisión de la prisión domiciliaria y que informe a tribunales los resultados cada tres meses, luego de lo cual se evaluará el grado de acatamiento de las reglas impuestas.
Finalmente, se decidió ordenar a la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad Nacional, la colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico en el domicilio donde se encuentra cumpliendo la prisión domiciliaria.