La Policía de Mendoza tiene un nuevo protocolo para el uso de armas
La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto impulsado por Gustavo Cairo (LLA) y Enrique Thomas (PRO Libertad), que introduce modificaciones a la Ley 6722, de Seguridad Pública, estableciendo un protocolo para el uso de armas por parte del personal policial.
La iniciativa ya había obtenido media sanción en Diputados y posteriormente fue tratada por la Cámara de Senadores donde se incorporaron modificaciones. Por este motivo, el expediente volvió a la Cámara Baja para su revisión y tratamiento final.
Esta Ley precisa funciones del personal de seguridad, incorporando nuevas disposiciones vinculadas a la protección de las personas y los bienes ante situaciones de peligro, así como tareas de observación, vigilancia y prevención de conflictos en espacios públicos.
Asimismo, establece criterios respecto al uso de armas de fuego por parte del personal de seguridad en situaciones de peligro inminente, contemplando casos de legítima defensa, protección de terceros o cuando exista riesgo grave para la vida o la integridad física. La propuesta también incorpora parámetros para determinar la existencia de ese peligro y fija pautas sobre la identificación y advertencia previa al uso de armas, salvo en circunstancias excepcionales donde ello implique un riesgo mayor.
Además, la iniciativa contempla la posibilidad de convocar a personal retirado para cumplir determinadas funciones, regulando las condiciones y la retribución correspondiente según el grado que ostentaban al momento de su retiro.
Por otra parte, la incorporación del artículo 322 bis, habilita la convocatoria de policías retirados altamente calificados para tareas específicas dentro de la fuerza. Establece al respecto que “el personal convocado al que la autoridad le encomiende tareas funcionales directivas con conducción de personal y disponibilidad horaria permanente percibirá hasta el 100% de la asignación de clase equivalente al grado que ostentaba al momento del retiro”.
“Estas circunstancias deberán quedar debidamente acreditadas y fundadas en cada caso por norma legal de la administración. La administración podrá convocar con hasta el 80% de la asignación de clase equivalente al grado que ostentaba al momento del retiro, a personal para cubrir tareas relacionadas a las funciones establecidas en el artículo 48 bis. Estas circunstancias deberán quedar debidamente acreditadas y fundadas en cada caso por norma legal de la administración”, añade el articulado.
El diputado Gustavo Cairo (LLA), uno de los autores de la iniciativa, informó que básicamente se refiere a “un protocolo de uso de armas para las fuerzas policiales. Esto viene a aclarar la actuación de la policía en ciertas circunstancias en que la Ley dejaba un espacio gris y muchos policías eran sancionados cuando querían actuar en defensa de los ciudadanos”.
Es el marco legal para “cuando hay peligro inminente contra la vida o la salud del mismo policía, o de un ciudadano víctima de una acción delictiva, y cuándo el policía puede, en esos casos, hacer uso de su arma reglamentaria, que justamente para eso el Estado tiene una fuerza policial”, dijo. Además, acotó que “se establece claramente que en estos casos, cuando se ha atentado contra la vida de una persona, el policía puede proceder a la detención de ese delincuente que ha demostrado ser un peligro, ser peligroso los ciudadanos, o para impedir su fuga”.
El legislador ejemplificó con casos dados en el último tiempo en cuanto a los enfrentamientos que han tenido policías con delincuentes en los que el uso de su arma reglamentaria sufría distintas interpretaciones, como en los casos en los que se enfrentó un policía con un delincuente que portaba un arma blanca y por la duda en el uso del arma reglamentaria, el delincuente asestó puñaladas al uniformado y murieron los dos; o el caso del policía de apellido Chocobar que defendió a un turista en Buenos Aires y por el uso de su arma reglamentaria (y posterior muerte del delincuente), tuvo un juicio en su contra.
Sobre este último caso, Cairo indicó que “si bien fue una condena en suspenso, el mensaje para las fuerzas policiales fue muy malo, de cuándo se debe actuar y cuándo no”. Sintetizó al manifestar que la propuesta legislativa “se basa en el código de conducta para los funcionarios policiales de la ONU que establece todos estos supuestos, se adaptan a la Ley argentina, y en este caso la mendocina”.



