La Justicia le rechazó un pedido a Julio De Vido y hoy irá a la cárcel
Julio De Vido, ex ministro de Planificación Federal condenado en el segundo juicio por la tragedia ferroviaria de Once, volverá a quedar detenido en una cárcel. Este miércoles por la noche el Tribunal Oral Federal N° 4 rechazó el pedido de su defensa para que no vuelva a quedar tras las rejas.
De Vido deberá presentarse este jueves en los tribunales federales de Comodoro Py 2002 a las 8.30 para empezar a purgar la pena de cuatro años que esta semana dejó firme la Corte Suprema de Justicia.
Así lo decidieron mantener, “indefectiblemente”, los jueces Néstor Costabel, Ricardo Basílico y Fernando Canero, en una resolución de siete páginas que se firmó en las últimas horas.
Justo después, el ex funcionario kirchnerista deberá conectarse al Zoom para seguir escuchando el requerimiento de elevación a juicio de la causa Cuadernos.
La defensa de De Vido, a cargo del abogado Maximiliano Rusconi, realizó dos planteos: uno para suspender la orden de detención del jueves y otro para que, en caso de que se concrete su arresto, que acceda a un régimen de prisión domiciliaria.
Esta segunda cuestión aún no fue resuelta por el TOF N° 4, indicaron fuentes judiciales. De hecho, los defensores avisaron que en los próximos días presentar nueva documentación médica que acreditaría que el exministro no está en condiciones de cumplir su condena en un penal. Además, cabe recordar, tiene 75 años.
En cuanto al intento por suspender la orden de detención, el defensor Rusconi alegó que había presentado -horas antes- un recurso de reposición in extremis ante la Corte Suprema de Justicia para que volviera a revisar el fallo que dejó firme la condena de De Vido.
El TOF N° 4 contestó ahora que esto no se ajusta a ninguna de las condiciones que la ley contempla para suspender la ejecución de una pena privativa de libertad.
Solo dos situaciones pueden suspender el cumplimiento de una condena efectiva: si la persona es una mujer embarazada o una madre con hijos de menos de seis meses, o si la persona padece una enfermedad grave que pone en riesgo su vida, lo cual debe ser confirmado por peritos oficiales.



